5/14/2010

PARLAMENTO ANDINO - COMISION III

PARLAMENTO ANDINO Los orígenes del Parlamento Andino están vinculados a la firma del Acuerdo de Cartagena suscrito el 26 de mayo de 1969, donde los países bolivarianos se reunieron en lo que se llamaría inicialmente Pacto Andino y en lo que hoy es la Comunidad Andina (CAN), con el objetivo de fortalecer sus economías a través del libre comercio, la eliminación de aranceles y la unión aduanera. Si bien su creación no se contempla de manera explícita en este Acuerdo, instrumentos como la Declaración de Bogotá en 1978, el Mandato de Cartagena en 1979, y la Declaración de Presidentes de Quito del 11 de agosto de 1979 apoyan la creación de un Parlamento para los países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones. El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control de la Comunidad Andina y representa a los 120 millones de habitantes de dicha Comunidad. Fue creado el 25 de octubre de 1979 en La Paz, a través del Tratado Constitutivo suscrito por los cancilleres de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Entró en vigencia en enero de 1984. Tiene sede en Bogotá (Colombia), aunque primero funcionó en Lima (Perú). Pero estos países, que en un comienzo se asociaron sólo por razones económicas, se dieron cuenta de que la integración no debía ser únicamente comercial, por lo que crearon una serie de órganos e instituciones que trabajaran por otros aspectos, tales como política, educación, salud, trabajo, justicia, etc. De esta forma nace el Parlamento Andino, órgano encargado de velar que el proceso de integración represente los intereses de los ciudadanos andinos. Su misión no es legislar, sino brindar consejos y dar su opinión sobre algún tema que afecte a algún miembro de la Comunidad Andina. Entre 1984 y 1996 eran electos por los congresos nacionales de los países miembros. Según el Protocolo de Trujillo, aprobada el 10 de marzo de 1996, sus representantes son elegidos por un período de 5 años en forma directa por los respectivos países integrantes de la Comunidad Andina. La declaración de Caracas del 27 de septiembre de 1979, determinó la constitución del Parlamento Andino y el 2 de octubre del mismo año, se expidió el Acta de Panamá, donde se señala el 25 de ese mes y año, como la fecha acordada para la suscripción de su Tratado Constitutivo, en la Paz, Bolivia. Uno de los propósitos fundamentales contemplados en éste Tratado, es el de sustentar en la Subregión Andina el pleno imperio de la libertad, la justicia social y la democracia en su más amplio ejercicio participativo. ¿QUÉ ES EL PARLAMENTO ANDINO? Es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración. Su naturaleza es comunitaria y representa a los pueblos de la Comunidad Andina ¿CÓMO SE ELIGE A SUS REPRESENTANTES? El Protocolo de Trujillo, aprobado el 10 de marzo de 1996, dispuso la elección de sus representantes por sufragio universal y directo, dentro de un plazo de cinco años. Los representantes del Parlamento Andino, son elegidos en cada país miembro en la fecha en se efectúan elecciones legislativas u otras generales, pudiendo ser comicios especiales, de conformidad con su propia legislación. Actualmente el Parlamento Andino, está desarrollando el proceso de elecciones directas de sus representantes, el cual ya fue adelantado en Ecuador y Perú, Colombia los elegirá en el 2010, mediante el voto directo, y Bolivia ya su Constitución lo ha consagrado y es un hecho entonces que sus parlamentarios andinos en las urnas por el pueblo. Beneficios Directos de estas elecciones * Creación de puestos de trabajo, gracias a los proyectos sociales comunitarios que han sido elaborados por el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina. * Erradicación del trabajo infantil y protección a los trabajadores adolescentes para asegurar el bienestar de nuestra infancia, a través del fortalecimiento de políticas sociales públicas que se llevarán a cabo con la implementación del Plan Integrado de Desarrollo Social, que ha sido creado por el Consejo Presidencial Andino. * Mejora de la educación mediante el otorgamiento de subsidios y becas, así como la convalidación de estudios universitarios entre los países andinos, gracias a la adopción de un conjunto de lineamientos y principios ( Decisión 439 de la Comunidad Andina, 1998) que permitirán una mayor armonización y reconocimiento de los currículos de estudios superiores y profesionales en los países de la Comunidad Andina, que aseguren y hagan efectivo el Derecho a la educación universal, gratuita y de calidad. * Aumento de las exportaciones e importaciones intracomunitarias que permiten un mayor crecimiento económico de cada país andino, y a la vez de toda la Comunidad Andina. * Mayor legitimidad para representar no sólo los intereses de cada nación, sino de todos los países andinos, gracias a la armonización de las leyes y normas nacionales con las de los demás países miembros. ¿CUANTOS MIEMBROS LO INTEGRAN? El Parlamento Andino está constituido por cinco representantes titulares por cada país miembro de la Comunidad Andina. Lo cual da un total de 20 parlamentarios. El Protocolo Adicional dispone que cada representante titular tenga dos representantes alternos que lo suplirán en caso de ausencia temporal o vacancia. Antes del retiro de Venezuela de la CAN, la cantidad de parlamentarios eran 25. ¿QUÉ PRERROGATIVAS TIENEN LOS REPRESENTANTES? Si entendemos prerrogativas como requisitos, impedimentos e incompatibilidades, los Parlamentarios Andinos tienen las mismas prerrogativas y los mismos impedimentos e incompatibilidades que tienen los Congresistas de los países miembros. Objetivos El Parlamento Andino, en cumplimiento de sus objetivos, debe promover la participación de los pueblos como actores directos del Proceso de Integración latinoamericano; sin descuidar el afianzamiento del sistema democrático, de la paz y la justicia internacional y el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos. Los objetivos que promueve el Parlamento Andino son los siguientes: * Incentivar la participación de las naciones y de la ciudadanía. * Armonizar las leyes de los países andinos. * Proteger los derechos humanos, la justicia social y la democracia. * Representar a los pueblos andinos, creando un canal de Participación Ciudadana para asegurar y sustentar el ejercicio de la libertad, la justicia y la democracia entre los países miembros. * Armonizar las leyes de los países andinos, para obtener mayores beneficios para sus pueblos. * Promover y Orientar a los pueblos andinos sobre la importancia del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la Integración Latinoamericana.

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